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¿Por qué la Luterana sí y la Católica no?

  Curioso que la Iglesia Luterana en Costa Rica abogue por un Estado laico y aconfesional, cuando en Dinamarca, Noruega e Islandia sigue existiendo la Iglesia Luterana estatal y el Gobierno tiene un ministerio de asuntos eclesiales.

 En Dinamarca

Afirma la Embajada de Dinamarca en España en su sitio web que "desde el punto de vista jurídico, en Dinamarca la Iglesia y la religión están reguladas por la Constitución. Sus principios generales se ciñen a la disposición que establece que la Iglesia Nacional Evangélica Luterana Danesa, como única confesión religiosa, deberá recibir apoyo por parte del Estado, así como las disposiciones sobre la libertad religiosa, la libertad de expresión y la libertad de asociación".

¿Qué pasaría si la Iglesia Católica en Dinamarca promoviera abolir la religión luterana como la religión oficial de dicho país? Ciertamente recibiría abundantes críticas. Pero cuando en Costa Rica la Iglesia Luterana abogó por la eliminación de la confesionalidad católica del Estado costarricense, dicha postura parece "políticamente correcta", por fomentar la pluralidad.

En Inglaterra, Grecia, etcétera

La pluralidad, bien entendida, respeta el hecho de que en el mundo haya Estados de diferente confesionalidad, según su filosofía de vida y la composición mayoritaria de su población. Así, Inglaterra es un Estado confesional anglicano; Grecia, un Estado confesional ortodoxo. Junto al Vaticano, un grupo colorido de pequeños países (Malta y Mónaco) continúan siendo Estados confesionales católicos.

Y la lista de Estados confesionales musulmanes es enorme. Obligar a un cambio en dichos Estados supondría una desvinculación con la historia. Fomentaría una uniformización que responde a un relativismo gris que todo lo empareja.

En Costa Rica

Los mencionados Estados occidentales apoyan una religión de forma incondicional, pero también apoyan muchas otras religiones que promuevan las buenas costumbres, reservándose el derecho a no reconocer sectas que violan las leyes. Este "filtro" lo ejercen incluso Estados no confesionales. Por ejemplo, el Estado alemán no reconoce que la secta de los cientólogos sea una religión.

La Sala Constitucional

Al igual que Inglaterra, Grecia y otros países occidentales, a los cuales nadie considera "anacrónicos", el Estado en Costa Rica apoya varias confesiones religiosas. La Corte Constitucional interpreta el artículo 75 de la Constitución de forma extensiva, según un estudio de Celín Arce Gómez, publicado por la EUNED. De acuerdo con dicha interpretación, el Estado costarricense reconoce y apoya a la Iglesia Católica, como mínimo, pero también reconoce y apoya muchas otras iglesias.

Tal concepción extensiva es correcta. Como prueba de ello, el Código del Trabajo fue reformado para permitir a los practicantes de religiones distintas de la católica solicitar a sus patronos días libres según la creencia religiosa (reforma al artículo 148, aprobado mediante Ley N.° 7619, del 24 de julio de 1996). 

Esta interpretación del artículo 75 de la Constitución garantiza la libertad de religión, pero no avala cualquier secta que alguien quiera inventarse. Así, supera la estéril lucha ideológica que se está planteando sobre la naturaleza confesional del Estado por medio de un proyecto de ley introducido recientemente.